El hecho de poder traer o no invitados a la piscina de la comunidad de vecinos siempre genera debate. En este artículo vamos a responder a algunas preguntas habituales sobre este asunto y qué normas legales o reglamento de régimen interno tenemos que respetar y acatar.
Es en el reglamento de la comunidad de vecinos o propietarios donde se establecen una serie las normas y pautas de convivencia que deben respetar todos, y dónde se deben especificar, por ejemplo, todos estos supuestos sobre traer invitados a la piscina o otras zonas comunes de la comunidad.
Ya sabemos que cada primavera y verano, la piscina de la comunidad de vecinos es un oasis en el que resguardarse de las sofocantes temperaturas. Pero en ellas, además de disfrutar las familias que son propietarios o las que han alquilado alguna propiedad, pueden surgir preguntas sobre a quién se puede invitar y si ese hecho va a ser más o menos permanente toda la temporada.
¿Tiene su comunidad reglas de procedimiento?
¿Qué políticas de entrada deben existir en las piscinas comunitarias?
Una de las preguntas más frecuentes es si se puede usar la piscina de la comunidad por personas ajenas a ésta. La respuesta a esta pregunta puede variar según las reglas y normativas específicas de cada comunidad, así como las leyes locales y acuerdos establecidos. Veamos algunas consideraciones importantes al respecto.
Normas y reglas de uso de piscinas comunitarias
¿Conoces las reglas de tu propia comunidad?
Antes de plantearte tener invitados en la piscina de tu comunidad de vecinos, es fundamental que conozcas a fondo las reglas y normativas de tu propia comunidad en cuanto al uso de la piscina.
Cada comunidad suele tener reglas específicas relacionadas con los horarios de apertura y cierre, invitados, seguridad, y más. Asegúrate de entender y cumplir con estas reglas antes de considerar tener invitados o acudir tú a otra piscina comunitaria.
Lo primero es verificar si en los estatutos de la comunidad o en las normas de régimen de uso interno existe normativa sobre las zonas comunes de la comunidad, y si es así, transmitirlas de forma sencilla a tus invitados.
Sin normas de régimen interno, es muy difícil controlar la afluencia de invitados a la piscina y al resto de zonas comunes.
¿Has consultado los reglamentos?
El reglamento puede estar disponible en la oficina del administrador o en la página web de la comunidad. Busca información sobre las políticas de acceso para residentes, para residentes de otras comunidades vecinas, o las condiciones de acceso y número de tus posibles invitados.
Si tu comunidad no tiene reglamento, puedes consultar con tu administrador que seguro puede ayudarte a su redacción y asesorarte sobre lo que establece la legislación española.
¿De quién depende el acceso a la piscina de la comunidad?
Los accesos a una piscina comunitaria dependen específicamente de cada comunidad. La normativa vigente contempla normas de higiene, mantenimiento y seguridad. Sin embargo, el control de acceso y de invitados son responsabilidad única de cada comunidad. De esta forma, si una comunidad mantiene una política más abierta en este sentido o no tiene estatutos, sus vecinos podrán invitar a sus amistades a utilizarla. Si todo esto está reglado, todos tendrán que atenerse a las normas.
¿Qué ocurre si no existe una normativa sobre la piscina de la comunidad?
Si los estatutos no dicen absolutamente nada en lo que respecta a invitar a personas, no debe suponer ningún problema que acudan amigos o familiares. Sin embargo, estas personas sí deberán cumplir con las reglas de seguridad, higiene y mantenimiento. Es fundamental hacer uso adecuado de las instalaciones de la piscina y respetar las normas establecidas en el régimen interno de la comunidad.
Es decir, si ninguna norma lo impide (porque no hay un reglamento aprobado, por ejemplo), se puede traer invitados sin someterse a más restricciones que el propio sentido común. Eso sí, como en cualquier otra instalación común de la comunidad de propietarios, hay que respetar el buen estado de la piscina y sus aledaños.
La normativa de las piscinas comunitarias puede variar dependiendo de la comunidad autónoma. Es importante familiarizarse con estas normas para evitar infracciones y problemas legales. Una de las limitaciones más comunes es el aforo máximo permitido en la piscina o sus horarios de entrada y salida y sobre todo la necesidad de contar con un socorrista durante el tiempo de apertura.
¿Quién es responsable en caso de lesiones o accidentes?
Aunque si se cumple con las normas establecidas y se mantiene un comportamiento adecuado, no debería pasar nada, siempre pueden ocurrir accidentes o algún tipo de imprevisto.
La Ley de Propiedad Horizontal no obliga a las comunidades a concertar un seguro de responsabilidad civil pero sí que es muy recomendable. A veces no está claro, y termina siendo dirimido en los tribunales, quien tiene que asumir la responsabilidad civil o penal, y esto dependerá de las circunstancias en las que ocurra el accidente o las causas del mismo.
Si este ha ocurrido por una falta de seguridad en la piscina, la comunidad de vecinos debería asumir la responsabilidad, llegando a ser necesaria incluso una indemnización. Si por el contrario, el accidente es fruto de una imprudencia o mal uso de las instalaciones por parte del usuario, es él el responsable de los daños y quien asuma los costes.
¿Pueden el propietario y su inquilino estar a la vez en la piscina ?
Hay que ser firmes en esto: En ningún caso casero e inquilino pueden compartir el uso de la piscina, gimnasio, paddle, etc. Deben decidir cuál de los dos puede disfrutar de la piscina comunitaria y lo ideal es que esté recogido en las condiciones de su contrato de arrendamiento. Así que si se detecta esta irregularidad, y no se quiere pasar por alto ese comportamiento, hay que pedirles que muestren su contrato de alquiler para ver que viene estipulado.
¿Existen soluciones al control de invitados en las piscinas comunitarias?
Suele ser habitual que a los gastos de la piscina no se les suele aplicar el coeficiente de propiedad. Esto quiere decir que cada vivienda paga lo mismo.
Hasta ahora, la solución más acertada al control de invitados y de aforo de la piscina es la de proporcionar a cada propietario de la comunidad un carnet, pulsera o similar que dé acceso a la piscina, la instalación de una puerta electrónica con clave o con tarjeta. Y lo más fácil en relación con los invitados es entregar a cada vivienda tickets de control de invitados con el número permitido de ellos por día.
Serán los propios vecinos quienes verificarán si las personas que están compartiendo con ellos la piscina y el resto de instalaciones (duchas, terraza, bar) llevan la identificación correspondiente. De esta forma, es posible contar cuántas personas han accedido al recinto (carnet + tickets) y controlar así que no se supere el aforo máximo permitido en la piscina comunitaria.